Contraloría - Dictamen N° 45066 2014

Análisis sobre cotización a Caja de Previsión de la Defensa Nacional por trabajadora de ASMAR

Abstracto

La Contraloría determina que trabajadora de ASMAR no puede cotizar en la Caja de Previsión de la Defensa Nacional al estar afiliada a un sistema de capitalización individual desde 1982, invalidando la aplicación del artículo 2° transitorio de la Ley 18.458.

Resumen

  • La señora María Eugenia Vega Tapia, trabajadora de los Astilleros y Maestranzas de la Armada (ASMAR), solicitó un pronunciamiento sobre su derecho a cotizar en la Caja de Previsión de la Defensa Nacional.
  • La petición de la trabajadora se fundamenta en lo establecido en el artículo 2º transitorio de la ley N° 18.458.
  • La Dirección de ASMAR informó que no procede acceder a la petición, ya que un certificado de 2010 de la Administradora de Fondos de Pensiones Capital S.A. indica que la recurrente ingresó a dicho sistema en marzo de 1982.
  • El organismo de previsión de las Fuerzas Armadas señaló que la peticionaria no corresponde a la afiliación solicitada, al no estar amparada por el artículo 2° de la ley N° 18.458, sin referirse explícitamente al artículo 2° transitorio.
  • La Contralorí...

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