Contraloría - Dictamen N° 45242 2014
Dictamen Contraloría: Subsidio Incapacidad Laboral Funcionario Código Trabajo Sin Convenio Salud
Abstracto
La Contraloría determina que la Municipalidad de Huechuraba debe regularizar el pago de subsidios por incapacidad laboral a funcionarios del Código del Trabajo, al no contar con convenio con la Isapre, y supervisa la obligación del municipio de cubrir el saldo no cubierto por la entidad de salud.
Resumen
- Un funcionario municipal regido por el Código del Trabajo, no afecto a normas especiales, tiene derecho al subsidio por incapacidad laboral, y el empleador debe cubrir el saldo no cubierto por la entidad de salud.
- Al personal municipal regido por el Código del Trabajo, sin norma especial, le corresponde que la entidad de salud pague el subsidio por incapacidad laboral, o al empleador si hay convenio, y el municipio el saldo no cubierto.
- La Municipalidad de Huechuraba no celebró convenio con la institución de salud previsional, conforme al artículo 19 del DFL N° 44, de 1978, para la gestión de subsidios por incapacidad laboral.
- El procedimiento de la Municipalidad de Huechuraba, pagando remuneraciones al funcionario y luego recuperando subsidios de la entidad de salud sin contar con...
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