Contraloría - Dictamen N° 46131 2014
Análisis sobre procedencia de destitución versus multa por omisión en declaraciones
Abstracto
La Contraloría General aclara que la omisión en declaraciones de interés o patrimonio ya no sanciona con destitución, sino con multa de 10 a 30 UTM, conforme a la ley 20.088.
Resumen
- La normativa que establecía la medida disciplinaria de destitución para servidores que omiten información en sus declaraciones de intereses se encuentra derogada.
- El artículo 66 de la ley N° 18.575, modificado por la ley N° 19.653, disponía que la inclusión de datos relevantes inexactos u omisión inexcusable de información requerida por ley en la declaración de intereses se sancionaría con destitución.
- El artículo 25 del decreto N° 99, de 2000, sancionaba la omisión en la declaración de intereses con la medida disciplinaria de destitución.
- El artículo 25 del decreto N° 45, de 2006, sancionaba la omisión en la declaración de patrimonio con multa de diez a treinta unidades tributarias mensuales.
- La ley N° 20.088 incorporó la declaración jurada patrimonial y sustituyó el texto del a...
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