Contraloría - Dictamen N° 48310 2014
Contraloría General: Plazo para invalidar actos y retiro absoluto en ejército.
Abstracto
La Contraloría General analiza el plazo de dos años para invalidar actos administrativos y determina que el retiro absoluto impide la reincorporación al ejército, siendo la sanción administrativa independiente de la responsabilidad penal o civil.
Resumen
- La autoridad administrativa, de oficio o a petición de parte, puede dejar sin efecto actos contrarios a derecho.
- El plazo para que la autoridad invalide un acto administrativo es de dos años, contados desde su notificación o publicación.
- El plazo de dos años para la invalidación administrativa es de caducidad y no de prescripción, según jurisprudencia administrativa.
- Este plazo de caducidad no puede interrumpirse ni suspenderse por reclamos u otros trámites presentados durante su vigencia.
- Transcurrido el plazo de dos años desde la notificación o publicación, la autoridad no puede invalidar un acto administrativo, aun cuando contenga un vicio que afecte su legalidad.
- La sanción administrativa impuesta a un servidor es independiente de la responsabilidad civil y penal que pudier...
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