Contraloría - Dictamen N° 53419 2014

Análisis Contraloría sobre cobertura y pago del beneficio de sala cuna.

Abstracto

La Contraloría General resolvió que la negativa de la Superintendencia de Educación a cubrir la totalidad del arancel de sala cuna no era procedente, ordenando el reembolso de un pago no efectuado, pero desestimó otras pretensiones de la funcionaria.

Resumen

  • El empleador cumple la obligación de proporcionar sala cuna pagando directamente al establecimiento o suscribiendo acuerdos con prestadores externos, según lo preceptuado en el artículo 203, inciso primero, del Código del Trabajo.
  • La facultad del empleador para determinar el monto máximo a costear por concepto de sala cuna es procedente, siempre que se respeten las limitaciones legales y el principio de resguardo del niño.
  • La Contraloría desestimó el reclamo de una funcionaria sobre cobertura parcial del arancel de sala cuna, al no poder matricular a su hija por falta de cupos, al considerarse que el servicio fijó un monto máximo a costear conforme a su disponibilidad presupuestaria y criterio previo (Dictámenes N°s 76.762/2013 y 19.733/2014).
  • Se determinó que la negativa de la Sup...

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