Contraloría - Dictamen N° 54269 2014
Dictamen sobre improcedencia de cobro de derechos municipales por máquinas de juego
Abstracto
La Contraloría determina que el cobro de derechos municipales por máquinas de destreza es improcedente, pues las actividades municipales son de fiscalización y no servicios justificativos de exacción adicional a la patente.
Resumen
- Asunto: Determinación sobre la improcedencia de cobro de derechos municipales por máquinas de destreza en la Municipalidad de Lo Prado y solicitud de restitución de sumas pagadas.
- Fundamento Municipal para el Cobro: La Municipalidad de Lo Prado justificó el cobro de derechos por máquinas de destreza en el artículo 2° de su ordenanza municipal, argumentando que cubría la autorización, registro, control y supervisión de estas actividades lucrativas.
- Naturaleza Tributaria de la Explotación: La explotación de máquinas de juegos electrónicos en locales comerciales constituye una actividad lucrativa gravada con patente municipal, según lo dispuesto en el Decreto Ley N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, artículos 23 y siguientes.
- Distinción entre Fiscalización y Servicio: Las acci...
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