Contraloría - Dictamen N° 55438 2014
JUNJI, administración jardines, reconocimiento Estado, cumplimiento normativas sectoriales
Abstracto
Dictamen aclara que jardines infantiles administrados directamente por la JUNJI no requieren reconocimiento oficial del Estado, pero deben cumplir con normativas sectoriales aplicables a su funcionamiento, según auditoría.
Resumen
- La División de Auditoría Administrativa de la Contraloría General solicitó un pronunciamiento sobre si los establecimientos que la JUNJI administra directamente requieren reconocimiento oficial del Estado.
- La Ley N° 17.301 establece que la JUNJI es una corporación autónoma, funcionalmente descentralizada, a cargo de crear, planificar, coordinar, promover, estimular y supervigilar la organización y funcionamiento de jardines infantiles.
- Son "Jardines Infantiles" aquellos establecimientos que atienden niños hasta el ingreso a la Educación General Básica, proporcionando atención integral, oportuna y pertinente.
- El "reconocimiento oficial del Estado" es el acto administrativo por el cual la autoridad confiere a un establecimiento educacional la facultad de certificar la aprobación de c...
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