Contraloría - Dictamen N° 57185 2014

Contraloría: No obligación de renovar contrato a honorarios vencido

Abstracto

La Contraloría General aclara que la autoridad no está obligada a renovar un contrato a honorarios una vez cumplido su plazo, no siendo aplicable la normativa de funcionarios públicos a dichos vínculos.

Resumen

  • Las personas contratadas a honorarios con la Administración se rigen por las reglas establecidas en el respectivo acuerdo contractual, no siéndoles aplicables las disposiciones estatutarias de la ley N° 18.834.
  • Los servidores a honorarios no ostentan la calidad de funcionarios públicos y, por ende, carecen de derechos inherentes a ellos, como la estabilidad en el empleo.
  • La terminación de un contrato a honorarios se produce legítimamente por el vencimiento del plazo estipulado en el instrumento contractual.
  • No existe obligación legal para la autoridad de recontratar a personas que se han desempeñado bajo la modalidad de honorarios, una vez cumplido el plazo de sus convenios.
  • La Contraloría General no tiene competencia para ponderar las razones que la administración tuvo para deci...

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