Contraloría - Dictamen N° 57562 2014
Dictamen Contraloría: Requisitos para reliquidación de pensión de Carabineros al reingresar.
Abstracto
Un pensionado de Carabineros no tiene derecho a reliquidar su pensión de retiro al reingresar al servicio si previamente se afilió al sistema de capitalización individual.
Resumen
- Solicitud de reliquidación de pensión de retiro por parte de un pensionado de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (DIPRECA), fundamentada en servicios prestados posteriormente como guardia de seguridad en el Hospital de Carabineros.
- Las reparticiones de personal y pensiones de DIPRECA informaron que la reliquidación solicitada no es posible, dado que el interesado reingresó al servicio en febrero de 2014 como guardia, sujeto al Código del Trabajo, y ya se encontraba afiliado a una administradora de fondos de pensiones desde 1995.
- La Ley N° 18.458, en su artículo 1º, establece que desde el 11 de noviembre de 1985, los regímenes de previsión y de desahucio contemplados en el DFL N° 2, de 1968, solo se aplican a funcionarios específicos, excluyendo al personal contratado b...
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