Contraloría - Dictamen N° 59366 2014
Visación residencia temporal médicos extranjeros con título reconocido sin EUNACOM
Abstracto
Dictamen establece que el reconocimiento de títulos médicos extranjeros es suficiente para visa temporal, sin exigir EUNACOM, considerando convenios y convalidaciones, en ciertos casos.
Resumen
- La facultad de otorgar visación de residente temporario recae en el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que la ejerce a través del Departamento de Extranjería y Migración, ponderando la conveniencia y utilidad para el país.
- Para la visación de residencia temporaria de profesionales médicos extranjeros, se exige la convalidación del título ante la Universidad de Chile o el reconocimiento mediante convenio internacional, extendido por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
- La ley N° 20.261 exige la aprobación del examen único nacional de conocimientos de medicina (EUNACOM) como requisito de ingreso para cargos médicos en Servicios de Salud.
- El Dictamen N° 83.399/2013 consideró admisible, en situaciones especiales de escasez médica, la contratación de profesionales que no ha...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora