Contraloría - Dictamen N° 60258 2014

Requisitos de nombramientos y remuneraciones de funcionarios suplentes en el Ministerio Secretaría General de la Presidencia

Abstracto

Este dictamen establece los requisitos legales y de calificación para nombramientos de funcionarios suplentes en el Ministerio Secretaría General de la Presidencia, así como las normativas sobre sus remuneraciones, basándose en la Ley 18.834 y el DFL 17/1990.

Resumen

  • Los nombramientos de funcionarios suplentes en el Ministerio Secretaría General de la Presidencia están sujetos a los requisitos establecidos en la Ley N° 18.834 y en el decreto con fuerza de ley N° 17, de 1990.
  • La Ley N° 18.834, en su artículo 4°, permite los nombramientos de suplentes cuando un cargo se encuentre vacante o no sea desempeñado por su titular por un lapso no inferior a 15 días.
  • Para ser nombrado suplente, el candidato debe satisfacer los requisitos generales, definidos en el artículo 12 de la Ley N° 18.834.
  • Los requisitos especiales para cargos directivos, como jefe de departamento o jefe de oficina, son los estipulados en el artículo 1°, N° 1, letras a) a d), del DFL N° 17, de 1990, del Ministerio Secretaría General de Gobierno.
  • La aplicación del DFL N° 17, de 19...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora