Contraloría - Dictamen N° 60327 2014
Cesación cargos Jefes Servicio Clínico y Unidad Apoyo tras vencimiento período
Abstracto
La Contraloría aclara que los cargos de Jefe de Servicio Clínico y Unidad de Apoyo cesan por ministerio de la ley al cumplirse su período de cinco años. La ley 20.707 no ampara a quienes no eran titulares al momento de su publicación.
Resumen
- El Servicio de Salud Valdivia consultó sobre la situación jurídica de funcionarios que ejercieron como Jefes de Servicio Clínico y Unidades de Apoyo por cinco años, y continuaron en sus funciones tras el vencimiento de su período, algunos como suplentes, hasta principios de 2013.
- El artículo 3° de la Ley N° 19.198 establece que los nombramientos en los cargos de Jefes de Servicios Clínicos y de Unidades de Apoyo tienen una duración de cinco años, al cabo de los cuales deben concursarse nuevamente.
- El artículo 9° de la Ley N° 20.261 determina que los nombramientos en cargos de Jefes de Unidades de Apoyo Diagnóstico y de Apoyo Clínico Terapéutico tendrán una duración de cinco años, al cabo de los cuales deberán concursarse.
- Los acápites 1.3 y 1.4 del número 1, del artículo 1º del dec...
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