Contraloría - Dictamen N° 61532 2014
Dictamen Contraloría: Servicios a honorarios, término anticipado y remuneración.
Abstracto
Contraloría analiza término anticipado de contrato a honorarios, concluyendo que la autoridad puede terminarlo anticipadamente si el contrato lo prevé, sin obligatoriedad de preaviso, y confirma derecho a percibir honorarios por días trabajados, salvo pagos pendientes.
Resumen
- La relación contractual de quienes prestan servicios a honorarios para la Administración se rige principalmente por las estipulaciones del contrato y no confiere el status de funcionario público, conforme al artículo 11 de la Ley N° 18.834 y dictámenes como el N° 6.429 de 2011.
- La superioridad está facultada para disponer la terminación anticipada de un contrato a honorarios cuando dicha facultad esté prevista en el propio contrato y existan razones de conveniencia administrativa.
- Los trabajadores a honorarios solo pueden ejercer su derecho a feriado (vacaciones) mientras el convenio de prestación de servicios se encuentre vigente, no pudiendo establecerse derechos superiores a los de los funcionarios públicos.
- La autoridad administrativa no está obligada a respetar el plazo de ant...
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