Contraloría - Dictamen N° 61546 2014
Determinación de capacidad económica de contratistas en licitaciones públicas
Abstracto
Este dictamen aclara la interpretación del artículo 73 del Reglamento para Contratos de Obras Públicas, definiendo cómo calcular la capacidad económica mínima requerida para contratistas en licitaciones, considerando saldos de obras y plazos de ejecución.
Resumen
- La Fiscalía del Ministerio de Obras Públicas solicitó un pronunciamiento sobre la correcta interpretación del artículo 73, inciso tercero, del Reglamento para Contratos de Obras Públicas.
- El dictamen aborda la determinación de la capacidad económica mínima requerida para que los contratistas puedan participar en licitaciones públicas.
- La capacidad económica disponible se define como el capital que debe acreditar un contratista, disminuido por los saldos de obras por ejecutar, según porcentajes y normas establecidas.
- Según el artículo 73, inciso primero, del reglamento, se exige acreditar una capacidad económica disponible mínima equivalente al 10% del valor del presupuesto oficial o estimativo de la licitación.
- Para obras con plazo de ejecución superior a un año, el presupuesto o...
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