Contraloría - Dictamen N° 62192 2014
Dictamen sobre facultad de rechazo de licencias médicas y permiso parental
Abstracto
La Contraloría determina que solo comisiones médicas competentes pueden rechazar licencias, no la Contraloría Médica de Carabineros, y aclara el uso del permiso parental según el artículo 199 del Código del Trabajo.
Resumen
- Un funcionario de Carabineros de Chile reclamó contra el rechazo de una licencia médica, decisión atribuida por la entidad a su Contraloría Médica.
- Las Comisiones Médicas Locales y/o la Comisión Médica Central son los únicos órganos competentes para ejercer el control técnico de un reposo, conforme al artículo 50 de la Orden General N° 1.970/2010.
- La Contraloría Médica de Carabineros tiene la función de asesorar a los entes sanitarios, informando sobre antecedentes médicos de licencias para que estos decidan sobre su reducción, rechazo o modificación, según el artículo 52 de la Orden General N° 1.970/2010.
- La Contraloría Médica carece de atribuciones para determinar por sí misma el rechazo de un reposo, siendo su intervención orientadora para las comisiones competentes.
- Carabiner...
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