Contraloría - Dictamen N° 66985 2014

Dictamen sobre cese de suplencia y derechos de funcionarios temporales

Abstracto

La Contraloría determina que el cese de suplencia por reincorporación del titular opera por ministerio de ley sin notificación obligatoria, y rechaza reclamos por feriado y permisos pendientes al perderse la calidad de funcionario.

Resumen

  • El cese de una suplencia, al reincorporarse el titular, opera por el solo ministerio de la ley, sin necesidad de un acto formal de la autoridad que lo disponga.
  • No existe obligación legal para la autoridad de comunicar previamente a un funcionario suplente el término de su nombramiento cuando este ocurre por ministerio de la ley debido a la reincorporación del titular.
  • Un aviso de cese de suplencia, aunque no sea legalmente obligatorio, puede ser verificado en la práctica.
  • Se desestima un reclamo por falta de notificación previa del cese de una suplencia si esta terminación opera legalmente, sin perjuicio de que dicha comunicación haya ocurrido.
  • Los beneficios de feriado legal y permisos con goce de remuneraciones solo son aplicables a quienes mantienen la calidad de funcionarios...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora