Contraloría - Dictamen N° 66985 2014
Dictamen sobre cese de suplencia y derechos de funcionarios temporales
Abstracto
La Contraloría determina que el cese de suplencia por reincorporación del titular opera por ministerio de ley sin notificación obligatoria, y rechaza reclamos por feriado y permisos pendientes al perderse la calidad de funcionario.
Resumen
- El cese de una suplencia, al reincorporarse el titular, opera por el solo ministerio de la ley, sin necesidad de un acto formal de la autoridad que lo disponga.
- No existe obligación legal para la autoridad de comunicar previamente a un funcionario suplente el término de su nombramiento cuando este ocurre por ministerio de la ley debido a la reincorporación del titular.
- Un aviso de cese de suplencia, aunque no sea legalmente obligatorio, puede ser verificado en la práctica.
- Se desestima un reclamo por falta de notificación previa del cese de una suplencia si esta terminación opera legalmente, sin perjuicio de que dicha comunicación haya ocurrido.
- Los beneficios de feriado legal y permisos con goce de remuneraciones solo son aplicables a quienes mantienen la calidad de funcionarios...
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