Contraloría - Dictamen N° 68357 2014
Dictamen: Cálculo de indemnización para altos directivos públicos
Abstracto
La Contraloría determina que la indemnización por término de funciones en Alta Dirección Pública considera únicamente el tiempo servido en calidad titular, excluyendo períodos transitorios o provisionales.
Resumen
- La indemnización por término de funciones de un alto directivo público se fundamenta en el artículo quincuagésimo octavo de la Ley N° 19.882.
- Este artículo establece que, ante la renuncia de un alto directivo antes de finalizar su nombramiento o renovación, procede la indemnización del artículo 154 de la Ley N° 18.834.
- La indemnización equivale al total de las remuneraciones devengadas en el último mes por cada año de servicio en la institución, con un tope máximo de seis años.
- La Contraloría ha establecido que esta compensación está intrínsecamente ligada al cargo específico de alto directivo público y no a la mera prestación de servicios en la entidad.
- Por lo tanto, solo el tiempo servido en calidad de titular en dicho cargo de alto directivo es computable para el cálculo de la...
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