Contraloría - Dictamen N° 68518 2014
Aplicación feriado especial Ley 15.076 funcionarios Servicio Salud Metropolitano Oriente
Abstracto
Contraloría determina que el feriado especial del artículo 23 de la Ley N° 15.076 no es aplicable a los profesionales funcionarios del Servicio de Salud Metropolitano Oriente, los cuales se rigen por la Ley N° 18.834, por estar afectos al Decreto Ley N° 249 de 1973.
Resumen
- Juan Acuña Hinojosa y otros profesionales funcionarios del Hospital Santiago Oriente consultaron a la Contraloría General sobre el derecho a gozar del feriado especial contemplado en el artículo 23 de la Ley N° 15.076.
- El artículo 22 del texto normativo aplicable a profesionales funcionarios en entidades afectas al Decreto Ley N° 249, de 1973, prescribe que su feriado legal se rige por las disposiciones del artículo 97 y siguientes de la Ley N° 18.834.
- La norma diferencia que el descanso de aquellos funcionarios no comprendidos en la situación anterior se regulará por los preceptos de los artículos 23 y siguientes de la Ley N° 15.076.
- El Servicio de Salud Metropolitano Oriente, del cual depende el Hospital Santiago Oriente, constituye una entidad afecta a las disposiciones del Decr...
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