Contraloría - Dictamen N° 69519 2014
Análisis sobre renuncia no voluntaria de alto directivo público y atribuciones de provisionales.
Abstracto
La Contraloría General analiza la renuncia no voluntaria de un alto directivo público, confirmando la facultad de directivos provisionales para solicitarla y desestimando reclamos sobre indemnización y vacaciones no gozadas, basándose en normativa y jurisprudencia.
Resumen
- Se analiza la procedencia de la solicitud de renuncia presentada a Feisal Ahuile Hadler, Director Regional de Aysén del Instituto Nacional de Deportes, afecto al Sistema de Alta Dirección Pública (ADP).
- El artículo quincuagésimo octavo de la ley N° 19.882 establece que los altos directivos públicos tienen la calidad de empleados de exclusiva confianza de la autoridad facultada para su nombramiento.
- Conforme al artículo 148 de la ley N° 18.834, la remoción de cargos de alta dirección se materializa mediante la petición de renuncia, la cual, si no es aceptada dentro de 48 horas, declara el cargo vacante.
- La suplencia especial de un puesto de primer nivel jerárquico, según el artículo quincuagésimo noveno de la ley N° 19.882, otorga al suplente la condición de alto directivo público y...
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