Contraloría - Dictamen N° 73215 2014
Contraloría General: Plazo para invalidar actos administrativos contrarios a ley
Abstracto
La Contraloría General ratifica que la administración posee un plazo de dos años, según artículo 53 de la ley 19.880, para invalidar sus actos contrarios a la ley, rechazando reconsideración por extemporaneidad.
Resumen
- La administración pública tiene un plazo de dos años para invalidar sus actos emitidos en contravención a la ley.
- El artículo 53 de la ley N° 19.880 establece el plazo de dos años para que la administración ejerza la potestad de invalidar sus actos.
- Se solicitó la reconsideración del dictamen N° 49.239 de 2014 emitido por la Contraloría General, por parte del exfuncionario del Ejército Marcelo Hernán Villarroel Pindal.
- El dictamen N° 49.239 rechazó la petición de revisión de la legalidad de la notificación, por haber transcurrido el plazo de dos años establecido en la ley, declarándola extemporánea.
- La notificación de la resolución de retiro del interesado, cuya legalidad fue cuestionada, fue efectuada mediante publicación en el Boletín Oficial de la institución castrense el 23 d...
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