Contraloría - Dictamen N° 90516 2014
Derecho a remuneraciones en asunción inmediata de cargos ministeriales
Abstracto
El derecho a remuneraciones se genera desde la asunción inmediata de funciones ministeriales, aun antes de la tramitación completa del decreto de nombramiento, amparado en el principio de enriquecimiento sin causa.
Resumen
- El Diputado Felipe Ward Edwards consultó sobre la procedencia del pago de remuneraciones a Ministros de Estado previo a la tramitación completa de sus decretos de nombramiento, cuando estos asumen funciones de forma inmediata por razones de buen servicio.
- El artículo 16, inciso primero, de la Ley N°18.834, sobre Estatuto Administrativo, establece que el nombramiento de un funcionario rige desde la fecha indicada en el respectivo decreto o resolución, o desde cuando este quede totalmente tramitado por la Contraloría General de la República.
- El artículo 16, inciso segundo, de la Ley N°18.834, permite que los decretos u resoluciones ordenen la asunción de funciones en una fecha anterior a la de su total tramitación. En estos casos, las actuaciones del interesado efectuadas durante ese p...
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