Contraloría - Dictamen N° 91027 2014

Contraloría: Descuentos de subvención por inasistencia en escuelas hospitalarias improcedentes

Abstracto

La Contraloría dictaminó que no procede descontar subvención a escuelas hospitalarias basándose únicamente en discrepancias de asistencia, pues dichas ausencias se deben a condiciones médicas que el Estado debe asegurar y acreditar.

Resumen

  • La Ley N° 20.422, en su artículo 40, reconoce y regula la atención escolar para estudiantes que deban permanecer internados por patologías o condiciones médico-funcionales, asegurando la continuidad de sus estudios y la subvención correspondiente para "aulas hospitalarias".
  • La Constitución Política de la República garantiza el derecho a la salud (Art. 19 N° 9) y el derecho a la educación (Art. 19 N° 10), imponiendo al Estado deberes correlativos de servir a la persona humana y promover el bien común (Art. 1°).
  • El Decreto con Fuerza de Ley N° 2/98, en su artículo 13, establece el derecho de los establecimientos educacionales que cumplan los requisitos a percibir una subvención fiscal mensual.
  • El artículo 14 del DFL N° 2/98 estipula que el monto de la subvención estará sujeto a modif...

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