Contraloría - Dictamen N° 30 2015
Requisito de pertenencia al servicio para integrar junta calificadora de salud
Abstracto
Este dictamen determina que un ex-servidor del hospital, actualmente en comisión de servicio, no puede integrar la junta calificadora, pues debe pertenecer al mismo establecimiento para defender los intereses de sus funcionarios.
Resumen
- Establece que en cada hospital que integra un Servicio de Salud existirá una Junta Calificadora, conforme al artículo 21 del decreto N° 1.229, de 1992, del ex Ministerio del Interior.
- Define que la Junta Calificadora estará compuesta por los tres funcionarios de más alto nivel jerárquico (a excepción del Director del Hospital) y un representante del personal elegido por estos, según lo dispuesto por el artículo 105 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud.
- Aclara que el representante del personal, tanto titular como suplente, es elegido por todos los servidores afectos a calificación, de acuerdo al artículo 22 del decreto N° 1.229 de 1992.
- El representante del personal es escogido por quienes se desempeñan en el hospital, lo que implica que este debe pos...
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