Contraloría - Dictamen N° 3067 2015
Dictamen sobre remuneraciones y licencias médicas tras cese de funcionario
Abstracto
Dictamen interpreta que funcionarios en licencia médica no reciben remuneración tras su cese, pero sí tienen derecho a pago de descanso compensatorio pendiente si el alejamiento fue decisión del empleador.
Resumen
- Funcionarios que cesan su relación laboral mientras hacen uso de licencia médica no tienen derecho a seguir percibiendo remuneraciones por el lapso de reposo posterior a su cese.
- El beneficio de percibir remuneraciones durante licencia médica, otorgado por el artículo 111 de la Ley N° 18.834, se mantiene solo mientras el funcionario permanece ligado laboralmente al organismo público.
- Una vez que cesa la relación laboral, desaparece la prestación de servicios efectivos, lo que justifica el fin de la contraprestación en dinero constitutiva de remuneración.
- La jurisprudencia anterior, materializada en los dictámenes Nos. 46.647 de 2007 y 9.119 de 2008, ha precisado que no procede el pago de remuneraciones tras el cese de funciones, aun si la licencia médica se encontraba vigente.
- Re...
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