Contraloría - Dictamen N° 32 2015
Bono Ley 20.305: Requisitos de plazo para solicitar por pensión de invalidez
Abstracto
El dictamen determina que el acceso al bono de la Ley N° 20.305 para pensionados por invalidez requiere la solicitud dentro de los 12 meses siguientes a cumplir 60 años, desestimando la pretensión por extemporánea.
Resumen
- El bono otorgado por la Ley N° 20.305, para beneficiarios que obtuvieron pensión de invalidez, debe ser solicitado dentro de los 12 meses siguientes al cumplimiento de los 60 años de edad.
- La señora Margarita Vargas Orrego, exfuncionaria del Servicio de Salud Metropolitano Central, solicitó el bono de la Ley N° 20.305, el cual no le fue pagado por la Tesorería General de la República bajo el argumento de extemporaneidad.
- El artículo 1º de la Ley N° 20.305 establece que el bono de naturaleza laboral se otorga al personal que, a la fecha de entrada en vigencia de la ley, desempeñaba un cargo de planta o a contrata, o era contratado conforme al Código del Trabajo, en órganos y servicios públicos.
- El artículo 12 de la Ley N° 20.305 prescribe que los empleados que se encontraban en func...
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