Contraloría - Dictamen N° 5168 2015

Análisis de ascenso a cargos directivos en municipalidades según ley 18.883

Abstracto

La Contraloría determina que cargos directivos municipales vacantes en el último grado de su estamento no pueden proveerse por ascenso, debiendo cubrirse mediante concurso público, según la ley 18.883.

Resumen

  • La Ley N° 18.695, modificada por la Ley N° 20.742, faculta a las municipalidades para crear y definir unidades internas, incluyendo Direcciones de Administración y Finanzas. Si estos cargos no forman parte de la planta original, pueden ser creados y provistos siguiendo los procedimientos legales de selección.
  • La normativa exige que las direcciones municipales de reciente creación, no contempladas inicialmente en la planta de personal, se provean utilizando mecanismos generales de selección, primordialmente el ascenso o, en su defecto, mediante concurso público, ante la ausencia de un procedimiento especial aplicable.
  • La Ley N° 18.883 establece que las promociones de personal municipal se realizan principalmente por ascenso, reservando el concurso público como método alternativo o exc...

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