Contraloría - Dictamen N° 740 2015
Dictamen Contraloría: Sanción de faltas disciplinarias en navegación corresponde al capitán.
Abstracto
La Contraloría General determina que las faltas disciplinarias cometidas durante la navegación de una nave son de competencia exclusiva del capitán, correspondiéndole a él sancionarlas y no a DIRECTEMAR.
Resumen
- La Federación Nacional de Sindicatos de Oficiales de Naves Mercantes y Especiales de Chile solicitó a la Contraloría un pronunciamiento respecto a la actuación de DIRECTEMAR, que a su juicio, omitió sancionar la desobediencia de un jefe de máquinas a una orden del capitán.
- El análisis se centra en la aplicación del Decreto Ley N° 2.222, de 1978, Ley de Navegación, y su normativa sobre sanciones a bordo.
- El artículo 50 del Decreto Ley N° 2.222 establece que el capitán es el jefe superior de la nave, responsable de su gobierno y dirección, investido de las atribuciones y obligaciones legales correspondientes.
- Según el artículo 51 del mismo cuerpo legal, el capitán de una nave nacional actúa como delegado de la autoridad pública para la conservación del orden y disciplina a bordo.
- E...
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