Contraloría - Dictamen N° 984 2015
Autorización para eliminación de documentos municipales y requisitos legales.
Abstracto
La Contraloría deniega autorización para eliminar documentos municipales de Ñuñoa por falta de antecedentes que acrediten su aprobación previa, aplicando normativa sobre retención y fiscalización.
Resumen
- La Ley N° 10.336, en su artículo 21, inciso segundo, estipula que los libros, documentos y cuentas aprobados serán incinerados transcurridos tres años desde su revisión definitiva, a menos que el Contralor resuelva su conservación por especial interés.
- El artículo 14 de la Ley N° 10.336 faculta al Contralor, o a quien delegue, para dictar medidas para la fiscalización adecuada de la destrucción o incineración de documentos de deuda pública, especies valoradas y otros efectos.
- Según el numeral 2 del Título II del oficio circular N° 28.704 (1981), los documentos relacionados con la administración de fondos o bienes del Estado deben ser conservados por las entidades por un plazo de tres años desde su revisión definitiva, salvo disposición en contrario del Contralor.
- Para organismos au...
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