Contraloría - Dictamen N° 10414 2015
Análisis de prescripción de responsabilidad administrativa y acción disciplinaria
Abstracto
Se desestima el reclamo de un funcionario contra una medida disciplinaria por prescripción, al no cumplirse los plazos legales para la extinción de la responsabilidad administrativa.
Resumen
- La responsabilidad administrativa se extingue por la prescripción de la acción disciplinaria, según lo dispuesto en el artículo 157, letra d), de la Ley N° 18.834.
- El plazo general de prescripción de la acción disciplinaria es de cuatro años, contado desde el día en que el funcionario incurrió en la acción u omisión que le da origen, conforme al artículo 158 de la Ley N° 18.834.
- La prescripción de la acción disciplinaria se suspende desde que se formulan cargos en el sumario o investigación sumaria respectiva, según el artículo 159 de la Ley N° 18.834.
- Tras la suspensión de la prescripción, esta se reanuda si el proceso se paraliza por más de dos años o si transcurren dos calificaciones funcionarias sin que el servidor sea sancionado, según el artículo 159 de la Ley N° 18.834 y dic...
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