Contraloría - Dictamen N° 10579 2015

Dictamen sobre calificación de carta de crédito como empréstito público

Abstracto

La Contraloría establece que una carta de crédito para importar bienes, financiada con préstamo bancario y cuya devolución recae en el ente público, constituye un empréstito público que requiere autorización legal previa y del Ministerio de Hacienda.

Resumen

  • La Contraloría General de la República analiza la consulta sobre la apertura de una carta de crédito asociada a un préstamo para el pago de bienes importados por CENABAST, y su posible calificación como deuda pública.
  • El Dictamen N° 17.810, de 1986, de la Contraloría, sostuvo que las cartas de crédito abiertas con préstamos de bancos a entes públicos, que generan una obligación de restitución futura, constituyen un empréstito público.
  • La Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras señala que las entidades bancarias son autónomas para decidir sobre el otorgamiento de créditos, siempre que cumplan las disposiciones legales vigentes.
  • El Ministerio de Hacienda opinó que la apertura de una carta de crédito con préstamo para CENABAST es un contrato que compromete el crédito pú...

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