Contraloría - Dictamen N° 10878 2015
Contraloría determina procedencia de bono de reconocimiento previsional
Abstracto
La Contraloría General determina que la recurrente tiene derecho a un bono de reconocimiento, al haberse reincorporado al sistema previsional individual con posterioridad al cese de sus servicios, cumpliendo los requisitos de Ley N° 18.458.
Resumen
- El derecho de personal a obtener un bono de reconocimiento se rige por el artículo 4º de la Ley N° 18.458, para aquellos que se retiren sin derecho a pensión y se incorporen al sistema bajo el decreto ley N° 3.500, siempre que cuenten con doce cotizaciones mensuales en los cinco años anteriores a su cesación de servicios.
- La aplicación del artículo 4º de la Ley N° 18.458 presupone que el personal que se retire o haya retirado de su respectiva institución sin derecho a pensión se incorpore o haya incorporado al sistema del decreto ley N° 3.500.
- El pronunciamiento N° 77.601, de 2012, de la Contraloría estableció que la emisión de bonos de reconocimiento bajo el artículo 4º de la Ley N° 18.458 presupone la existencia de una afiliación única y previa en alguna de las cajas institucionale...
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