Contraloría - Dictamen N° 9244 2015
Municipio no revisa validez de elecciones de Juntas de Vecinos
Abstracto
La Contraloría determina que municipios deben registrar directivas de Juntas de Vecinos, pero no pueden revisar la validez de sus elecciones, cuya competencia es del tribunal electoral regional.
Resumen
- Don José Ogaz Moraga reclamó ante la Contraloría General en contra de la negativa de la Municipalidad de Renca a registrar la nueva directiva de la 'Junta de Vecinos N° 16 Villa José Miguel Carrera', por no haberse acompañado la nómina de votantes.
- La Ley N° 19.418, sobre Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias, faculta a las municipalidades para verificar que los actos eleccionarios de dichas agrupaciones se hayan ajustado a derecho.
- Las municipalidades pueden solicitar la corrección de actas eleccionarias para asegurar la adecuada inscripción de nuevas directivas, evitando errores en los registros.
- Según la Ley N° 19.418, las municipalidades deben mantener un registro público de las directivas de las juntas de vecinos y la ubicación de sus sedes.
- La jurisprudencia...
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