Contraloría - Dictamen N° 9882 2015
Determinación de Toma de Razón para Contratos de Créditos Educacionales
Abstracto
La Contraloría General establece que los actos administrativos que sancionan contratos de adquisición de créditos educacionales están sujetos a toma de razón si el valor de un solo crédito excede las 2.500 UTM.
Resumen
- La Tesorería General de la República adquiere créditos para el financiamiento de estudios superiores en virtud de lo dispuesto en la Ley N° 20.027.
- La Ley N° 20.027 faculta al Fisco para garantizar hasta el noventa por ciento de los créditos otorgados por instituciones financieras para estudios de educación superior.
- El artículo 5° de la Ley N° 20.027 permite al Fisco adquirir dichas acreencias, las cuales son administradas por entidades como INGRESA.
- La adquisición de créditos por parte de la Tesorería General de la República se financia a través de las leyes de presupuesto del sector público.
- Los contratos para la adquisición de créditos se celebran anualmente en el marco de licitaciones públicas, estableciéndose en sus bases los términos de compraventa, cesión y custodia.
- Lo...
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