Contraloría - Dictamen N° 18291 2015
Dictamen sobre horas extraordinarias, derecho a alimentación y feriado legal
Abstracto
La Contraloría determina que se pueden ordenar horas extraordinarias a funcionarias con derecho a alimentación y en días festivos, pero el retorno post-feriado legal solo procede si el sistema de turnos lo exige.
Resumen
- La determinación de la procedencia y necesidad de las horas extraordinarias corresponde a la autoridad, conforme al artículo 66 de la Ley N° 18.834.
- Los funcionarios que hacen uso del derecho de alimentación para el cuidado de hijos menores pueden ser convocados a realizar horas extraordinarias.
- Un funcionario con derecho a alimentación puede optar por tomar su período de descanso y luego cumplir con las horas extraordinarias, o extender su jornada laboral hasta su horario habitual, considerando el tiempo adicional como extraordinario.
- La realización de horas extraordinarias está permitida en días sábado, domingo y festivos, cuando sea necesario cumplir tareas impostergables.
- La exigencia de labores extraordinarias en días inhábiles es procedente si la naturaleza de las funciones...
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