Contraloría - Dictamen N° 21213 2015
Dictamen Contraloría sobre subrogación Director Obras Municipales sin personal afín
Abstracto
La Contraloría establece que si no hay personal municipal idóneo para subrogar al Director de Obras, los permisos los otorgará la Seremi de Vivienda, cobrando la municipalidad el 50% de los derechos, según Ley General de Urbanismo y Construcciones.
Resumen
- La Municipalidad de San Pedro consultó sobre quién debe asumir el cargo de Director de Obras Municipales en caso de ausencia del titular, cuando no existe personal interno con la profesión afín requerida.
- La subrogación del Director de Obras Municipales, conforme al artículo 78 de la ley N° 18.883, corresponde al funcionario de la misma unidad que siga en orden jerárquico y cumpla los requisitos.
- Los requisitos para el cargo de Director de Obras están contemplados en el inciso final del artículo 24 de la ley N° 18.695, y exigen ser arquitecto, ingeniero civil, constructor civil o ingeniero constructor civil.
- Si en la unidad no hay personal idóneo, el alcalde, en virtud del artículo 79 de la ley N° 18.883, puede designar como subrogante a un servidor de otra dependencia que posea la...
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