Contraloría - Dictamen N° 21697 2015
Dictamen Contraloría: Permisos gremiales ley 19.296 y justificación actividades
Abstracto
La Contraloría aclara que los permisos gremiales para directores de asociaciones en establecimientos de salud son de mínimo 11 horas semanales y deben otorgarse sin importar el turno laboral, no requiriéndose justificar actividades.
Resumen
- El artículo 31 de la Ley N° 19.296 establece que la jefatura superior de la respectiva repartición pública deberá conceder a los directores de las asociaciones gremiales los permisos necesarios para ausentarse de sus labores con el objeto de cumplir sus funciones fuera del lugar de trabajo.
- Para los directores de asociaciones gremiales que tienen como base un establecimiento de salud, los permisos para ausentarse de sus labores no podrán ser inferiores a once (11) horas semanales.
- Los directores de asociaciones gremiales de carácter nacional tienen derecho a permisos para ausentarse de sus labores por un periodo no inferior a veintidós (22) horas semanales, conforme a lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley N° 19.296.
- La cantidad mínima de horas semanales para permisos gremiales e...
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