Contraloría - Dictamen N° 45547 2015
Competencias de la DOH en administración de obras de agua potable rural
Abstracto
Este dictamen aclara que la Dirección de Obras Hidráulicas (DOH) no tiene atribuciones para ceder o administrar directamente obras fiscales de agua potable rural a cooperativas, debiendo mediar un decreto del Ministerio de Obras Públicas.
Resumen
- La consulta se centra en determinar la procedencia de que la Dirección de Obras Hidráulicas (DOH) entregue en administración obras fiscales destinadas a sistemas de agua potable rural a cooperativas sin fines de lucro.
- El artículo 17 del decreto con fuerza de ley N° 850, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas, fija las competencias de la DOH, que incluyen el estudio, proyección, construcción, reparación y explotación de obras de riego y saneamiento con fondos fiscales, entre otras.
- La ley N° 20.798, de Presupuestos del Sector Público año 2015, y normativas presupuestarias anteriores, establecen que la administración y ejecución presupuestaria del programa de Agua Potable Rural son de responsabilidad mensual de la Dirección de Obras Hidráulicas (DOH).
- La glosa 06 de la ley de pre...
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