Contraloría - Dictamen N° 47231 2015
Dictamen Contraloría: Cálculo período asistencial obligatorio médicos en estudios
Abstracto
Contraloría determina que el tiempo de formación en especialidades no computa para el período asistencial obligatorio de médicos, quienes deben retornar a su cargo original por el doble del tiempo de la misión.
Resumen
- La Ley N° 19.378, en su artículo 43, inciso segundo, establece que los profesionales a que se refieren las letras a) y b) de su artículo 5° (incluyendo médicos cirujanos) podrán participar en concursos de misiones de estudios y especialización.
- Dicha participación en misiones de estudios implica comisiones de servicio, con goce de remuneraciones, y genera la obligación de retornar al cargo de origen por un período al menos equivalente al doble del tiempo que duró la misión.
- El objetivo del período asistencial obligatorio es que el profesional retribuya el beneficio de la especialización y desarrolle las competencias adquiridas en el establecimiento de salud.
- No procede considerar el tiempo de formación en especialidades cursado durante misiones de estudio en el cómputo del período ...
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