Contraloría - Dictamen N° 48627 2015
Contraloría aclara competencia para revisión de tasa de reemplazo y bono Ley 20.305.
Abstracto
La Contraloría General indica que la revisión de la tasa de reemplazo líquida para acceder al bono de la Ley N° 20.305 debe solicitarse ante la Superintendencia de Pensiones, entidad competente para su cómputo.
Resumen
- La Ley N° 20.305 regula una prestación de bono que exige el cumplimiento de condiciones específicas para su acceso.
- Una de las exigencias copulativas para acceder a la prestación de bono bajo la Ley N° 20.305 es mantener una tasa de reemplazo líquida igual o inferior al 55%.
- La tasa de reemplazo líquida se define como el porcentaje resultante de dividir el monto de la pensión de vejez por la remuneración promedio líquida.
- La Superintendencia de Pensiones es la entidad competente para realizar el cómputo de la tasa de reemplazo líquida, a requerimiento de la autoridad superior correspondiente.
- Las objeciones o reclamaciones sobre el porcentaje de la tasa de reemplazo líquida determinado por la Superintendencia de Pensiones deben dirigirse a dicha institución fiscalizadora.
- La Co...
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