Contraloría - Dictamen N° 48955 2015
Reducción de remuneraciones durante suspensión preventiva en sumario administrativo
Abstracto
La Contraloría determina que la privación del 50% de remuneraciones por suspensión preventiva en sumario debe aplicarse desde la vista fiscal, procediendo la restitución de lo percibido en exceso, y que no caben descuentos adicionales si ya existe rebaja.
Resumen
- En un sumario administrativo, el fiscal está facultado para suspender preventivamente al inculpado de sus funciones, conforme al artículo 136, inciso primero, de la ley N° 18.834.
- Si el fiscal propone la destitución del servidor en su dictamen, la autoridad puede decretar el mantenimiento de la suspensión preventiva. (Artículo 136, inciso tercero, ley N° 18.834)
- El mantenimiento de la suspensión preventiva tras la propuesta de destitución implica la privación del cincuenta por ciento (50%) de las remuneraciones del servidor. (Artículo 136, inciso tercero, ley N° 18.834)
- El servidor sancionado tiene derecho a percibir retroactivamente la diferencia de remuneraciones si es absuelto o recibe una sanción inferior a la destitución. (Artículo 136, inciso tercero, ley N° 18.834)
- La apli...
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