Contraloría - Dictamen N° 50331 2015
Aplicación beneficio artículo 8° Ley 20.734 funcionarios renuncia voluntaria
Abstracto
El dictamen aclara que la planta para el beneficio del artículo 8° de la Ley 20.734 es la del cese de funciones, negando el acceso a funcionarios promovidos entre renuncia y salida efectiva, y reitera principios de probidad administrativa.
Resumen
- El artículo 2° de la Ley N° 20.734 establece requisitos de edad (60 años mujeres, 65 años hombres) y fecha de cese de funciones (máximo 31 de marzo de 2015) para acceder a la bonificación por retiro voluntario, aplicable a beneficiarios del Título II de la Ley N° 19.882.
- El artículo 3° de la Ley N° 20.734 exige que la decisión de renuncia voluntaria sea comunicada dentro de los noventa días siguientes a la publicación de la ley (3 de marzo de 2014), fijando la dejación del cargo hasta el 31 de marzo de 2015.
- El artículo 8° de la Ley N° 20.734 regula un bono especial de permanencia para dependientes que perciban la bonificación adicional de los artículos 4° o 5° y sirvan en plantas de profesionales, directivos, fiscalizadores, jefaturas o asimilados.
- Para acceder al beneficio del ar...
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