Contraloría - Dictamen N° 51404 2015
FONASA puede verificar urgencias vitales pero debe fundamentar sus decisiones
Abstracto
La Contraloría aclara que FONASA puede revisar certificaciones médicas de urgencia vital, pero debe fundamentarlas rigurosamente; los afectados pueden reclamar ante la Superintendencia de Salud.
Resumen
- FONASA posee atribuciones legales para verificar si las prestaciones otorgadas a un paciente corresponden a una situación de emergencia o urgencia con riesgo vital o riesgo de secuela funcional grave.
- La obligación de FONASA de pagar directamente al prestador el valor de las prestaciones se genera cuando la condición del paciente es calificada como de emergencia o urgencia con riesgo vital o riesgo de secuela funcional grave.
- La ley exige que un médico cirujano certifique los casos de urgencia o emergencia con riesgo vital o riesgo funcional grave, sin embargo, esto no impide que FONASA, en ejercicio de sus facultativas, verifique la concurrencia de dicha naturaleza.
- Clínica Las Lilas S.A. cuestiona la práctica de FONASA de anular certificaciones de urgencia vital emitidas por facu...
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