Contraloría - Dictamen N° 51832 2015
Contrato a Honorarios: Modificación Extemporánea Inválida tras Vencimiento de Plazo
Abstracto
La Contraloría dictaminó que la modificación de un contrato a honorarios posterior a su vencimiento es improcedente, pues el convenio ya generó todos sus efectos, remitiendo antecedentes para posible sumario.
Resumen
- Los contratos a honorarios suscritos con entidades edilicias se rigen estrictamente por lo estipulado en el propio convenio, fundamentado en el artículo 1.545 del Código Civil.
- La ejecución de las gestiones y la exigibilidad de derechos y obligaciones en un contrato a honorarios están limitadas temporalmente al plazo de vigencia estipulado en el convenio.
- Una vez extinguido el plazo de vigencia de un contrato a honorarios, no procede su reforma mediante decretos o actos administrativos posteriores, dado que el instrumento ya generó todos sus efectos.
- Los actos administrativos que pretenden modificar términos o gestiones de un contrato a honorarios una vez vencido el plazo contractual son inválidos y no pueden alterar las obligaciones y derechos ya consolidados.
- La Contraloría Gen...
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