Contraloría - Dictamen N° 52388 2015
Dictamen: Cobro de entradas en actividades financiadas con fondos FNDR.
Abstracto
El dictamen determina que las instituciones beneficiadas con subvenciones FNDR no pueden cobrar entradas si esto genera lucro particular, pero sí para cofinanciar si se señala transparentemente y sin lucro.
Resumen
- La consulta se refiere a si las instituciones beneficiadas con subvenciones del Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR) pueden cobrar entrada por la asistencia a actividades financiadas con dichos caudales.
- Según la Ley N° 20.713 (presupuesto 2014), los Gobiernos Regionales pueden destinar hasta un 6% de sus recursos a subvencionar actividades culturales, deportivas, sociales, etc., realizadas por municipalidades, otras entidades públicas o instituciones privadas sin fines de lucro.
- Los montos destinados a cada tipología de actividad bajo la Ley N° 20.713 no pueden superar el 2% del total de los recursos consultados.
- La asignación de recursos FNDR debe ser transparente y competitiva, requiriendo instructivos que establezcan plazos y criterios de postulación, según Ley N° 20.71...
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