Contraloría - Dictamen N° 53093 2015
Feriado legal de funcionarios públicos en permiso sin remuneraciones
Abstracto
Funcionarios en permiso sin goce de remuneraciones conservan su calidad, pudiendo acceder a beneficios. Sin embargo, la terminación del vínculo laboral implica la pérdida del feriado no utilizado, pues este derecho se mantiene mientras se conserve dicha calidad.
Resumen
- Quienes hacen uso de permiso sin goce de remuneraciones conservan inalterable su calidad de servidores públicos.
- Por mantener su calidad de funcionario durante el permiso sin goce de remuneraciones, se faculta a estos para percibir los beneficios no remuneratorios que la ley les conceda.
- El derecho a feriado legal es uno de los beneficios no remuneratorios que el funcionario puede percibir mientras se mantenga vigente su vínculo estatutario, aun durante un permiso sin goce de remuneraciones.
- La finalización de la relación laboral o del vínculo estatutario genera la pérdida del derecho al descanso anual (feriado no utilizado).
- El goce del feriado legal solo aprovecha a quien inviste la condición de funcionario y mientras la conserve.
- La Contraloría General aplica y reitera la ju...
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