Contraloría - Dictamen N° 53364 2015

Dictamen sobre término anticipado de contrato a honorarios

Abstracto

La Contraloría rechaza reclamo por término anticipado de contrato a honorarios, al fundarse en causal contractual y ser facultad del servicio evaluar la calidad del desempeño.

Resumen

  • Las personas que prestan servicios a la Administración en base a honorarios no poseen la calidad de funcionarios.
  • La principal norma reguladora de las relaciones contractuales a honorarios es la propia convención pactada entre las partes.
  • El artículo 11, inciso tercero, de la ley N° 18.834, rige las relaciones de quienes prestan servicios a la Administración bajo esta modalidad.
  • La cláusula séptima, letra c), del contrato analizado faculta al organismo para poner término anticipado al pacto.
  • La causal de término anticipado invocada se fundamenta en el incumplimiento de la persona contratada o en acciones u omisiones negligentes que afecten la calidad del trabajo ejecutado.
  • La calidad del trabajo ejecutado no debe ser insuficiente respecto a lo estipulado en el contrato, a juici...

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