Contraloría - Dictamen N° 54955 2015

Dictamen sobre cobertura médica post-accidente en acto de servicio Carabineros

Abstracto

Contraloría determina que Carabineros debe gestionar declaración de alta médica para ex alumno lesionado en acto de servicio, subsistiendo la cobertura hasta dicho pronunciamiento.

Resumen

  • El personal de Carabineros de Chile lesionado en actos de servicio tiene derecho a cobertura fiscal para todas las atenciones médicas, hospitalarias, quirúrgicas, dentales, ortopédicas y similares, según lo dispone el artículo 34 de la ley N° 18.961.
  • Esta cobertura fiscal se extiende hasta que el afectado sea dado de alta o se determine su imposibilidad para continuar en servicio.
  • La declaración formal de alta o imposibilidad de un miembro de Carabineros debe ser emitida por la Comisión Médica Central.
  • La Comisión Médica tiene la facultad de examinar al personal de Carabineros para determinar su capacidad física o especificar dolencias que impidan continuar en la institución, conforme al artículo 73 del DFL N° 2, de 1968.
  • Esta competencia de la Comisión Médica se aplica también a...

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