Contraloría - Dictamen N° 55470 2015
Dictamen: Límite de convenios municipales para adquisición de gas por funcionarios
Abstracto
La Contraloría determina que los municipios no pueden suscribir convenios para adquirir gas licuado en beneficio de asociaciones gremiales de funcionarios, al exceder sus competencias y el ámbito de la ley de compras públicas.
Resumen
- La Contraloría define a las municipalidades como corporaciones autónomas de derecho público con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuyo fin es satisfacer las necesidades de la comunidad local y propender a su progreso económico, social y cultural, conforme al artículo 1º, inciso segundo, de la ley N° 18.695.
- Las municipalidades se encuentran facultadas para celebrar los convenios y contratos necesarios para el cumplimiento de sus funciones, según lo previsto en los artículos 8°, 63, letra II), y 65, letra i), del mismo texto legal.
- La actuación de las municipalidades debe someterse al principio de juridicidad, rigiéndose por la Constitución Política (artículos 6º y 7°) y las normas dictadas conforme a ella, como la ley N° 18.575 (artículo 2°).
- El marco de competencias munic...
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