Contraloría - Dictamen N° 55553 2015

Dictamen: Jornada reducida por postnatal parental computa para calificación

Abstracto

La Contraloría General establece que los días laborados a media jornada durante el permiso postnatal parental extendido deben considerarse como días efectivamente trabajados para la calificación de funcionarios públicos, según artículo 40 de la ley 18.834.

Resumen

  • La Subsecretaría de Prevención del Delito consultó si los funcionarios que hacen uso del permiso postnatal parental bajo la modalidad de media jornada deben ser objeto de calificación administrativa.
  • El artículo 40 de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, establece que no serán calificados los funcionarios que no hubieren desempeñado efectivamente sus funciones por un lapso inferior a seis meses dentro del respectivo período de calificaciones.
  • El artículo 36 de la Ley N° 18.883, sobre Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, contiene una disposición similar a la del artículo 40 de la Ley N° 18.834.
  • El inciso primero del artículo 197 bis del Código del Trabajo otorga a las trabajadoras derecho a un permiso postnatal parental de doce semanas.
  • El inciso segu...

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