Contraloría - Dictamen N° 56435 2015
Dictamen sobre reajuste de valores en contratos de obra pública por errores
Abstracto
La Contraloría General establece que se deben reajustar los valores adeudados a contratistas por errores en el cálculo de reajustes de pagos, aplicando la regla del artículo 155 del reglamento para contratos de obra pública.
Resumen
- Consulta fiscalía del Ministerio de Obras Públicas sobre reajuste de deudas a contratistas por errores de cálculo en estados de pago, conforme al Decreto N° 75/2004.
- El reajuste de sumas de dinero tiene por finalidad actualizar su valor para contrarrestar la desvalorización causada por la inflación, preservando el poder adquisitivo.
- Los acuerdos contractuales, incluidos los de obra pública, constituyen ley entre las partes y deben ejecutarse bajo los principios de buena fe y para mantener el equilibrio económico de las prestaciones.
- La Administración Pública tiene la obligación de asegurar que el contratista reciba el precio convenido, corrigiendo errores en el cálculo de reajustes de pagos para evitar subpagos.
- Se aplica por analogía la regla del artículo 155 del Reglamento para...
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